El Ayuntamiento de Alba de Yeltes aprueba la nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento de pastos comunales
Podrán beneficiarse del aprovechamiento comunal las personas titulares de ganado que se encuentren empadronadas en Alba de Yeltes

El Ayuntamiento de Alba de Yeltes ha aprobado definitivamente la nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento de pastos comunales, después de que no se hayan presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública abierto tras el acuerdo plenario provisional adoptado el pasado 16 de febrero de 2026. La normativa, publicada ahora íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, tiene como finalidad regular el uso de los pastos comunales del municipio conforme a las normas tradicionales y costumbres locales, garantizando un reparto equitativo entre los ganaderos vecinos de la localidad.
La ordenanza establece que podrán beneficiarse del aprovechamiento comunal aquellas personas físicas o jurídicas titulares de ganado que se encuentren empadronadas en Alba de Yeltes de manera ininterrumpida durante al menos los dos años anteriores a la solicitud. Según recoge el texto, esta exigencia se fundamenta en el carácter comunal de los terrenos y en su uso históricamente reservado a los vecinos del municipio. El aprovechamiento incluye praderas, pastizales, abrevaderos y descansaderos destinados al ganado.
En cuanto al aspecto económico, la ordenanza fija una cuota tributaria anual global de 16.800 euros, cantidad que será distribuida proporcionalmente entre los ganaderos en función del número de cabezas de ganado declaradas para el aprovechamiento. Además, el Ayuntamiento elaborará un padrón fiscal anual que será remitido a REGTSA para la gestión y recaudación de la tasa. La normativa también regula aspectos relacionados con la distribución de las superficies de pasto, las obligaciones sanitarias, el uso de corrales comunales y los periodos de aprovechamiento diferenciados para ganado ovino y bovino.
La nueva regulación incluye asimismo un régimen sancionador que contempla multas de 200 euros para infracciones leves, 500 euros para graves y hasta 1.000 euros para infracciones muy graves. Entre las conductas sancionables figuran el uso indebido de corrales comunales, el incumplimiento de los turnos de pastoreo, falsear el número de cabezas de ganado o incumplir la normativa sanitaria y de bienestar animal. Las sanciones podrán ser compatibles con la obligación de reparar los daños ocasionados.
La ordenanza entrará en vigor tras su publicación oficial y tendrá efectos desde el 1 de enero de 2026, quedando derogada la anterior normativa municipal que regulaba este aprovechamiento. Contra el acuerdo definitivo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses desde la publicación del anuncio oficial.




